Administración de consorcios

Nuestro estudio cuenta con el servicio de  Administración de Consorcios. Estamos inscriptos en el Registro Público de Administradores de Consorcios bajo el Número 9117.

Nuestros pilares se sustentan en la comprensión,  en respuestas inmediatas, calificación profesional , la atención personalizada, expensas claras, comprobantes de la liquidación y resumen bancario on line .

1 – ATENCIÓN PERSONALIZADA   –  SUPERVISIONES DE RUTINA
Se realizan mediante visitas periódicas al edificio en las que se controlan:

-> Personal (horarios)
-> Limpieza de los espacios comunes
-> Funcionamiento de los distintos servicios.

La atención de consultas, quejas, propuestas, dudas etc. que quieran hacer llegar los señores propietarios pueden formularse personalmente, llamándonos o bien directamente en nuestras oficinas.

2 – INCONVENIENTES QUE EXIJAN ATENCIÓN INMEDIATA

Además de requerir la concurrencia del profesional idóneo que corresponda a la naturaleza del problema existente, también se hará presente un miembro de ésta administración a efecto de verificar su correcta solución. Igualmente, para casos de emergencias, aseguramos su atención proporcionando al encargado la lista de prestadores a los que debe recurrir en cada caso.

3 – SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, CONSERVACIÓN Y REPARACIONES

Contamos con un plantel de contratistas de probada idoneidad para atender cualquier necesidad en lo que hace al mantenimiento del edificio. No obstante, somos de opinión de no innovar en cuanto a los proveedores y/o contratistas que brinden un buen servicio y atención. Es decir, no es condición imprescindible cambiar los mismos en caso que se nos confíe la administración de vuestro consorcio.

4 – INTERVENCIÓN DE OTROS PROFESIONALES

Esta administración también cuenta con el asesoramiento de la abogada integrante de este estudio, de un profesional en la administración de consorcios con  25 años de trayectoria en el rubro, y de de distintos profesionales (arquitectos, gestores…etc.)  que se hallarán a disposición del consorcio de ser  necesario. Además, tenemos una  actualización constante sobre reglamentaciones previsionales, municipales, ordenanzas, leyes, decretos etc. Estas actualizaciones también nos llegan mediante correo electrónico y/o publicaciones de cámara, federaciones a las cuáles nos hallamos adheridos.

5 – RELACIONES  CON EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

Asignamos gran importancia a una fluida y constante comunicación con el consejo de Administración, para el mejor funcionamiento del consorcio. Con el mismo se realizarán las reuniones periódicas que se determinen, sin perjuicio de los contactos personales o telefónicos para solicitar aprobación para circunstancias que así lo requieran, para presentarles entre los días 23 y 25 de cada mes un borrador de la liquidación del mes junto a comprobantes de pago para la verificación de los mismos y formular cualquier objeción o transcurridas 48 horas se considerarán aprobados y se procederá a realizar la liquidación definitiva que será entregada los primeros días del mes para conocimiento de los importes a pagar por los propietarios. Para los trabajos en general la Administración solicita no menos de dos o tres presupuestos que pone a disposición del consejo de Administración y/o Asamblea para la resolución de los mismos.

6 – LIQUIDACION  Y COBRO DE EXPENSAS

Las liquidaciones pueden visualizarse on line, asi como también los comprobantes respaldatorios de la mismas y el estracto bancario de la cuenta bancaria del consorcio.  Se  brinda información clara y “entendible” referente:

-> Estado de caja

-> Egresos e Ingresos

-> Recibos de expensas, sueldos del personal

-> Presentación de lo requerido por AFIP, ART, FATERHY, etc.

-> Seguimiento de morosos, intimaciones.

Las cobranzas de expensas se hacen  por deposito o transferencia bancaria a la cuenta del consorcio o  las efectúa el administrador directamente en fechas y horarios y lugares establecidos, edificio, u oficina del administrador. Las expensas fuera de término recibirán mora de acuerdo a reglamento.

7 – REGLAMENTO INTERNO DEL EDIFICIO

Normalmente los reglamentos internos están realizados de manera general y difusa, de ser así al iniciar la actividad administrativa, ésta Administración reforma y actualiza el antiguo o realiza uno nuevo. Especificando clara y detalladamente las funciones del personal que trabaja en el edificio, sus horarios, sectores donde debe realizar la limpieza, forma de hacerla, periodicidad, etc. Y todo lo que tienda a una normal convivencia consorcial. Este reglamento deberá ser aprobado por Asamblea y puesto en conocimiento de todos los Sres. Copropietarios por medio de una circular.

8 – ASAMBLEAS

Esta administración cumple con las Asambleas Ordinarias previstas en el reglamento y todas las Extraordinarias necesarias para el normal desarrollo del consorcio.

9 – COMUNICACIONES

Los copropietarios serán ampliamente informados de todas las novedades que se produzcan por medio de Circulares, contando con números telefónicos y celular para una pronta comunicación. Nuestro propósito es brindar honestidad y eficiencia a nuestros clientes en aras de una mejor convivencia consorcial.

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